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La Justicia ordenó a Aguas de Corrientes y DPEC a restablecer los servicios a una persona vulnerable

La Justicias hizo lugar a una medida cautelar innovativa urgente en favor de una mujer de 58 años que padece diabetes y presión arterial

La medida fue solicitada por el doctor Antonio Rivero Olivera, defensor Oficial Civil de Goya quien tomó conocimiento de esta situación y presentó una medida cautelar para que la damnificada, en alto grado de vulnerabilidad pueda gozar de servicios básicos, como la luz y el agua, para conservar los medicamentos que dada las patologías que padece debe tomar y asearse correctamente.

El juez Daniel Alejandro Azcona consideró necesario ordenar a la DPEC y Aguas de Corrientes a que en el plazo de 12 horas reestablezcan los servicios en este domicilio de Santa Lucía y además deberán otorgar un plan de pago o tarifa social acorde a la situación particular de la mujer, que es complicada.

Indicó el doctor Azcona que la justicia, como servicio público, no es una dádiva para los ciudadanos, sino un derecho que garantizan todas las constituciones, y especialmente, el derecho a la igualdad y a la dignidad humana, desarrollados desde luego, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en la legislación interna.

"Encontramos sectores de la población que son invisibilizados, unas veces por la excesiva carga de trabajo, otras por desconocimiento, y en la mayoría de los casos, por incomprensión hacia las personas en condiciones de vulnerabilidad", explicó el doctor Azcona, haciendo referencia a que la damnificada está en ese rango de personas.

Ya que la vulnerabilidad se relaciona con la capacidad de un individuo para no poder gozar de sus derechos humanos en un pie de igualdad con otras personas.

Consideró que la mujer no es vulnerable solo por la edad, sino también por la condiciones de salud física y mental y por su situación económica.

 Resaltó la intervención del defensor oficial de Goya, doctor Antonio Rivero Olivera que hizo la presentación, porque de lo contrario, el reclamo hubiera sido "un reclamo sin voz", manifestó.

El doctor Azcona reconoció que tanto Aguas de Corrientes S.A como la DPEC tienen el derecho de reclamar lo que consideren "pero jamás deben empoderarse de un servicio que es vital para la existencia misma del ser humano y considerado así patrimonio universal de la humanidad como lo es el agua y como correlato, el servicio de energía eléctrica…" sentenció.

Fuente: www.diarioepoca.com

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